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El Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid cuenta con 19 parques distribuidos estratégicamente para atender las emergencias que se produzcan en cualquier municipio de la región, salvo en Madrid capital, Alcorcón, Leganés, Móstoles y Fuenlabrada, que disponen de su propio Cuerpo de Bomberos.

Para formar parte del cuerpo de Bomberos de la comunidad de Madrid hay que pasar un proceso selectivo que consta de cinco ejercicios:

Proceso de oposición

Primer ejercicio

Consistirá en contestar por escrito 180 preguntas más 10 preguntas adicionales de reserva, que serán valoradas en caso de que se anule alguna de aquellas preguntas, distribuidas en dos cuestionarios de preguntas tipo test.
El primer cuestionario que será facilitado a los/as aspirantes constará de 40 preguntas, más 4 de reserva, se valora:

  • Razonamiento abstracto y concreto
  • Razonamiento espacial
  • Medición de la atención

El segundo cuestionario, del que se hará entrega a los/as aspirantes cuando hayan transcurrido los treinta y seis minutos para contestar el anterior y tras la recogida del mismo, estará compuesto por un total de 144 preguntas, más 6 de reserva. El tiempo máximo para la realización de este cuestionario será de ciento cinco minutos.

Se calificará de 0 a 25 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 12,5 puntos.

  1. La Constitución Española de 1978 (I)
  2. La Constitución Española de 1978 (II)
  3. Organización Territorial del Estado
  4. Función Pública (han añadido contenido)
  5. Igualdad
  6. Decreto Legislativo 1/2006
  7. Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil
  8. Norma Básica de Protección Civil
  9. El Plan Especial de Protección Civil (INFOMA)
  10. EL Plan Territorial de Protección Civil (PLATERCAM)
  11. El Código Técnico de la Edificación (han modificado ciertas partes)
  12. Ley de Prevención de Riesgos Laborales
  13. Utilización de EPIs
  14. Los Servicios de los Bomberos (han modificado ciertas partes)
  15. Vehículos
  16. Carreteras
  17. Ferrocarril
  18. Soporte Vital Básico (modificado)
  19. El Territorio de la Comunidad de Madrid
  20. Riesgo Químico
  21. Incendios Forestales
  22. Construcción
  23. Riesgo eléctrico (han añadido contenido)
  24. Física e Hidráulica I
  25. Hidráulica II (modificado)
  26. Teoría del fuego
  27. Agentes extintores
  28. Comunicaciones
  29. RIPCI (Nuevo tema en esta oposición)

En ambos cuestionarios, para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.

A efectos de que el Órgano de Selección proceda a calificar este ejercicio será necesario, en todo caso, haber contestado, al menos, el equivalente a 50 preguntas correctas en el segundo cuestionario, teniendo en cuenta las contestaciones correctas e incorrectas. De no alcanzar este valor en dicho cuestionario, el ejercicio no será objeto de calificación por el Tribunal de Selección.

Segundo ejercicio

Consistirá en la realización de las siguientes pruebas físicas, cuyas características:

  1. Natación sobre 50 metros.
  2. Subir a brazo una cuerda lisa de 6 metros de altura.
  3. Levantamiento de un peso de 40 kilogramos.
  4. Carrera sobre 60 metros.
  5. Carrera sobre 300 metros.
  6. Carrera sobre 2.000 metros.

Se calificará sobre un total de 25 puntos, siendo puntuada cada una de las pruebas físicas que componen el mismo conforme al baremo establecido.

Tercer ejercicio

Los/as aspirantes deberán superar las pruebas que se indican, con objeto de acreditar la tolerancia al trabajo en espacios confinados y la tolerancia al trabajo en altura.

  • La prueba de tolerancia al trabajo en espacios confinados, que tendrá una duración mínima de 5 minutos y una duración máxima de 10 minutos, consistirá en la realización, en ausencia de luz, de un recorrido en una instalación que podrá contar con pasos estrechos, diferentes niveles y punto de salida diferente al de entrada. Durante el desarrollo de la prueba se podrá pedir al/a la opositor/a que permanezca inmóvil, al objeto de cumplir el tiempo mínimo de 5 minutos de permanencia. El recorrido concreto del circuito será establecido por el Tribunal inmediatamente antes de la realización de la prueba.
  • La prueba de tolerancia al trabajo en altura, cuya duración habrá de ser común a todos/as los/as aspirantes y que determinará el Tribunal Calificador con carácter previo a su realización, consistirá en el desplazamiento andando por una superficie plana, sin barandilla, elevada más de 20 metros sobre el nivel del suelo, desplazándose el/la aspirante por un pasillo marcado en el suelo, entre 60 cm y 30 cm del borde de la  superficie de tránsito, y debiendo identificar unos caracteres alfanuméricos ubicados en una cota inferior en diferentes puntos que se le irán indicando. Para la realización de esta prueba se adoptarán las medidas necesarias a fin de garantizar la seguridad de los/as aspirantes.

Las pruebas de que consta este ejercicio se calificarán de “apto” o “no apto”, siendo necesario superar cada una de ellas.

Cuarto ejercicio

Consistirá en un reconocimiento médico practicado por el Tribunal médico que se designe.

Se calificará de “apto” o “no apto”.

CURSO DE OPOSICIÓN

Concluida la oposición, los/as aspirantes que la hubiesen superado serán nombrados funcionarios/as en prácticas por Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, y habrán de realizar un curso selectivo, de carácter obligatorio y eliminatorio, durante el cual serán retribuidos/as conforme a lo establecido en la Orden de 26 de enero de 2006, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se regulan las retribuciones de los funcionarios en prácticas (BOCM de 16 de febrero).

Durante el período en que permanezcan nombrados como funcionarios/as en prácticas, los/as aspirantes desempeñarán un puesto de trabajo de la categoría objeto de convocatoria.

La duración del curso selectivo, que no será inferior a seis meses, así como el programa y la regulación del mismo, se establecerán por Resolución de la Dirección General de Emergencias, que será publicada en el BOCM.